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Decisiones judiciales obligan a tomar medidas de movilidad

Dice el alcalde Luis F Bohórquez para responder a los gremios
Luis F Bohórquez
La medida recientemente establecida por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, para cargue y descargue dentro del perímetro urbano con el objetivo de mejorar la movilidad, es la respuesta a “decisiones judiciales y no se trata simplemente de un capricho del gobierno municipal”, dijo el alcalde Luis Francisco Bohórquez, al aludir a la necesidad imperativa de ordenar la ciudad y de paso solucionar problemas que se presentan de manera cotidiana como el ‘embotellamiento vial por presencia de vehículos de alto tonelaje’, particularmente en las horas del día.

Cabe recordar que la nueva reglamentación para los vehículos de carga fue adoptada por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, mediante la  Resolución número 050 del 10 de febrero de 2012. Según la disposición, los vehículos  de carga, de servicio público y particular con capacidad  superior a  5  toneladas, no podrán transitar por el perímetro urbano de la ciudad, de lunes a sábado, en el horario de 5:00 de la mañana a 8:00 de la noche.

Los vehículos con capacidad inferior, es decir 5 toneladas o menos, podrán   realizar maniobras de cargue y descargue únicamente en los horarios de 9.00 a 11:45 de la mañana,  2.00 a 5:45 de la tarde, y 8:00 de la noche a 5:00 de la mañana.
Respecto  a los vehículos recolectores de basura,  la disposición ordena que  en  el sector comprendido entre las carreras 29 y 36 entre calles  45 y  56, el tránsito de esos vehículos y las maniobras de cargue podrán realizarse, únicamente,  en el horario de  8:00 de la noche  a 5.00  de la mañana.
“El llamado es para organizar nuestras actividades comerciales e industriales. El gobierno municipal garantiza esos espacios, sólo que ahora los ordena y los dispone para las horas nocturnas, cuando no afectamos la labor cotidiana”, manifestó el alcalde Luis Francisco Bohórquez, al hacer un llamado a todos los bumangueses para contribuir en la nueva imagen de un conglomerado ordenado, culto, respetuoso de sus normas viales y del espacio público, es decir, un nuevo intento cívico de recuperar el calificativo de ‘ciudad bonita de Colombia’.
Y con referencia específica a la medida de cargue y descargue, el mandatario de los bumangueses, dijo: “No es un capricho del gobierno, ni de la dirección de Tránsito de Bucaramanga; es la respuesta a decisiones judiciales y frente a ellas sólo debemos cumplirlas”.
PARA TENER EN CUENTA:
Los vehículos de emergencias, los de transporte de valores y oxigeno hospitalario, y los dotados tecnológicamente para el mantenimiento de redes de servicios públicos, que por su estructura no puedan ser reemplazados por otro vehículo, quedaron exentos de cumplir las restricciones anteriormente mencionadas en materia de movilidad vial urbana. No obstante, estos automotores  deberán  portar   los distintivos y documentos  que acreditan la prestación de  esos servicios.
PROHIBICION  DURANTE LAS 24 HORAS

 En cumplimiento a lo ordenado por fallos judiciales y debido a las condiciones geológicas  de algunas vías y corredores viales de la ciudad,  la Dirección de Tránsito de Bucaramanga prohibió el tránsito y las maniobras de cargue y descargue de vehículos   de más de  5 toneladas,  durante las 24 horas del día,  en los siguientes sectores:
    - Calles 34 y 35 con Carreras 9ª y 5ª del Barrio Alfonso López.
    - Calles 56 y 61 con Carrera 6ª y Diagonal 15.
    - Calle 45 entre Carrera 9ª y Anillo Vial (Chimita).
    - Calles 20 y 21 con Carreras 7ª y 4ª del Barrio Nariño.
    - Calle  21 entre Carreras 32 y 28.
    - Calle 70 entre Carreras 28 y 33 Vía Antigua Bucaramanga-Floridablanca.
    - Vías de Malpaso al Barrio el Porvenir:
    - Calle 104E entre Carreras 15 y 10ª.
    - Calle 105 entre Carreras 10ª y 8ª.
    - Carrera 8ª entre Calles 105 y 103F (Iglesia).
    - Calle 103F entre Carreras 8ª y 8A.
    - Calle 103D entre Carrera 8A y 9ª.
    - Carrera 9ª entre Calles 103A y 103D.
    - Calle 103A entre Carrera 9ª y Carrera 8 Bis.
    - Transversal El Porvenir entre Calle 103A Carrera 8Bis y la Autopista Girón- Bucaramanga.

POR FUERZA MAYOR
Los vehículos con carga superior a  cinco toneladas, que por fuerza mayor  requieran ingresar a la ciudad  en los horarios expresamente prohibidos,  para realizar maniobras de cargue y descargue en obras de construcción de gran tamaño, deberán obtener un permiso especial de la Dirección de Transito de Bucaramanga.
CON DESTINO A OTRAS CIUDADES
Para los vehículos de carga que requieran  transitar por la ciudad, de  paso hacia otros destinos del país, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga  estableció como corredor vial, de  libre circulación, sin límite de capacidad  de carga, la siguiente ruta: Anillo vial, Vía Palenque-Café Madrid y su conexión por el norte de la ciudad con la carrera 15 hasta el Boulevard Bolívar y  el Mesón de los Búcaros, para encontrar la Avenida Quebradaseca y viceversa.
LAS MULTAS Y SANCIONES
A partir del 3 de marzo, los vehículos de carga que transiten por sitios restringidos o en horarios  prohibidos, serán sancionados con la inmovilización y multa de 15 salarios mínimos diarios legales y vigentes. Las maniobras de cargue y descargue en sitios y horas prohibidas  tendrán multa de 8 salarios mínimos diarios legales y vigentes.
Quienes deseen obtener  mayor información sobre   esta reglamentación pueden consultar la resolución No. 050 de 2012 en la página web www.transitobucaramanga.gov.co.
FUENTE: Grupo Cultura Vial-Dirección de Tránsito de Bucaramanga y oficina de prensa de la alcaldía

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