Dice el alcalde Luis F Bohórquez para responder a los gremios
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| Luis F Bohórquez |
La medida recientemente establecida por la Dirección de
Tránsito de Bucaramanga, para cargue y descargue dentro del perímetro urbano
con el objetivo de mejorar la movilidad, es la respuesta a “decisiones
judiciales y no se trata simplemente de un capricho del gobierno municipal”,
dijo el alcalde Luis Francisco Bohórquez, al aludir a la necesidad imperativa
de ordenar la ciudad y de paso solucionar problemas que se presentan de manera
cotidiana como el ‘embotellamiento vial por presencia de vehículos de alto
tonelaje’, particularmente en las horas del día.
Cabe recordar que la nueva reglamentación para los vehículos
de carga fue adoptada por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, mediante
la Resolución número 050 del 10 de
febrero de 2012. Según la disposición, los vehículos de carga, de servicio público y particular
con capacidad superior a 5
toneladas, no podrán transitar por el perímetro urbano de la ciudad, de
lunes a sábado, en el horario de 5:00 de la mañana a 8:00 de la noche.
Los vehículos con capacidad inferior, es decir 5 toneladas o
menos, podrán realizar maniobras de
cargue y descargue únicamente en los horarios de 9.00 a 11:45 de la
mañana, 2.00 a 5:45 de la tarde, y 8:00
de la noche a 5:00 de la mañana.
Respecto a los
vehículos recolectores de basura, la
disposición ordena que en el sector comprendido entre las carreras 29 y
36 entre calles 45 y 56, el tránsito de esos vehículos y las
maniobras de cargue podrán realizarse, únicamente, en el horario de 8:00 de la noche a 5.00
de la mañana.
“El llamado es para organizar nuestras actividades
comerciales e industriales. El gobierno municipal garantiza esos espacios, sólo
que ahora los ordena y los dispone para las horas nocturnas, cuando no afectamos
la labor cotidiana”, manifestó el alcalde Luis Francisco Bohórquez, al hacer un
llamado a todos los bumangueses para contribuir en la nueva imagen de un
conglomerado ordenado, culto, respetuoso de sus normas viales y del espacio
público, es decir, un nuevo intento cívico de recuperar el calificativo de
‘ciudad bonita de Colombia’.
Y con referencia específica a la medida de cargue y
descargue, el mandatario de los bumangueses, dijo: “No es un capricho del
gobierno, ni de la dirección de Tránsito de Bucaramanga; es la respuesta a
decisiones judiciales y frente a ellas sólo debemos cumplirlas”.
PARA TENER EN CUENTA:
Los vehículos de emergencias, los de transporte de valores y
oxigeno hospitalario, y los dotados tecnológicamente para el mantenimiento de
redes de servicios públicos, que por su estructura no puedan ser reemplazados
por otro vehículo, quedaron exentos de cumplir las restricciones anteriormente
mencionadas en materia de movilidad vial urbana. No obstante, estos automotores deberán
portar los distintivos y
documentos que acreditan la prestación
de esos servicios.
PROHIBICION DURANTE
LAS 24 HORAS
En cumplimiento a lo
ordenado por fallos judiciales y debido a las condiciones geológicas de algunas vías y corredores viales de la
ciudad, la Dirección de Tránsito de
Bucaramanga prohibió el tránsito y las maniobras de cargue y descargue de
vehículos de más de 5 toneladas,
durante las 24 horas del día, en
los siguientes sectores:
- Calles 34 y
35 con Carreras 9ª y 5ª del Barrio Alfonso López.
- Calles 56 y
61 con Carrera 6ª y Diagonal 15.
- Calle 45
entre Carrera 9ª y Anillo Vial (Chimita).
- Calles 20 y
21 con Carreras 7ª y 4ª del Barrio Nariño.
- Calle 21 entre Carreras 32 y 28.
- Calle 70
entre Carreras 28 y 33 Vía Antigua Bucaramanga-Floridablanca.
- Vías de
Malpaso al Barrio el Porvenir:
- Calle 104E
entre Carreras 15 y 10ª.
- Calle 105
entre Carreras 10ª y 8ª.
- Carrera 8ª
entre Calles 105 y 103F (Iglesia).
- Calle 103F
entre Carreras 8ª y 8A.
- Calle 103D
entre Carrera 8A y 9ª.
- Carrera 9ª
entre Calles 103A y 103D.
- Calle 103A
entre Carrera 9ª y Carrera 8 Bis.
- Transversal
El Porvenir entre Calle 103A Carrera 8Bis y la Autopista Girón- Bucaramanga.
POR FUERZA MAYOR
Los vehículos con carga superior a cinco toneladas, que por fuerza mayor requieran ingresar a la ciudad en los horarios expresamente prohibidos, para realizar maniobras de cargue y descargue
en obras de construcción de gran tamaño, deberán obtener un permiso especial de
la Dirección de Transito de Bucaramanga.
CON DESTINO A OTRAS CIUDADES
Para los vehículos de carga que requieran transitar por la ciudad, de paso hacia otros destinos del país, la
Dirección de Tránsito de Bucaramanga
estableció como corredor vial, de
libre circulación, sin límite de capacidad de carga, la siguiente ruta: Anillo vial, Vía
Palenque-Café Madrid y su conexión por el norte de la ciudad con la carrera 15
hasta el Boulevard Bolívar y el Mesón de
los Búcaros, para encontrar la Avenida Quebradaseca y viceversa.
LAS MULTAS Y SANCIONES
A partir del 3 de marzo, los vehículos de carga que
transiten por sitios restringidos o en horarios
prohibidos, serán sancionados con la inmovilización y multa de 15
salarios mínimos diarios legales y vigentes. Las maniobras de cargue y
descargue en sitios y horas prohibidas
tendrán multa de 8 salarios mínimos diarios legales y vigentes.
Quienes deseen obtener
mayor información sobre esta
reglamentación pueden consultar la resolución No. 050 de 2012 en la página web
www.transitobucaramanga.gov.co.
FUENTE: Grupo Cultura Vial-Dirección de Tránsito de
Bucaramanga y oficina de prensa de la alcaldía

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