La Procuraduría General de la
Nación hizo un llamado al Área Metropolitana de Bucaramanga a dar cumplimiento
al fallo del Consejo de Estado que declaró nulo el Acuerdo No. 16 del 31 de
agosto de 2012, que facultó al AMB para ejercer funciones como autoridad
ambiental en el perímetro urbano.
En carta enviada al director
del ente, Rodolfo Torres Puyana, y a los alcaldes de Bucaramanga,
Floridablanca, Piedecuesta y Girón, el Ministerio Público advirtió que de
acuerdo con Ley 1625 de 2013, el AMB “carece de funciones ambientales dentro
del perímetro urbano pues en acatamiento de lo dispuesto en el artículo 66 de
la Ley 99 de 1993, no cumple con el requisito que para tal fin se exige, que es
el de la población urbana requerida”, es decir, un millón de habitantes.
Así mismo, enfatizó en que la
norma estableció que “los municipios, distritos o áreas metropolitanas cuya
población urbana fuere igual o superior a un millón (1.000.000) de habitantes
ejercerán dentro del perímetro urbano las mismas funciones atribuidas a las
Corporaciones Autónomas Regionales, en lo que fuere aplicable al medio ambiente
urbano”.
No obstante, el AMB dio por
cumplido este requisito de acuerdo a proyecciones del Departamento
Administrativo Nacional de Estadística (Dane) desconociendo el censo oficial
legalmente adoptado (15 de octubre de 1985).
Recordó la Procuraduría que el
Censo de 1985 es el que determina la validez jurídica de las cifras de
población para todos los efectos constitucionales y legales, de tal manera que
“ninguna autoridad legislativa, ejecutiva o judicial pudiera desconocerlo en el
cumplimiento de sus funciones”.
El pasado mes de junio el
Consejo de Estado declaró la nulidad del Acuerdo No. 16 del 31 de agosto de
2012 expedido por la Junta Metropolitana de Bucaramanga por medio del cual se
constituyó, organizó y reglamentó como autoridad ambiental metropolitana.
Finalmente, la Procuraduría
pidió a los municipios que integran el Área Metropolitana de Bucaramanga dar
cumplimiento a dicha sentencia, de manera “que no se incurra en acciones que
puedan afectar el derecho al goce de un ambiente sano, así como el debido
proceso dentro de las diferentes actuaciones administrativas”. Fuente: Prensa de la PGN. Foto ilustrativa
tomada de U. Nacional·
Ajuste de contenido y
diagramación: Bersoahoy.co

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