Bucaramanga, julio 2 de julio
de 2019.- Mediante decreto 090, el gobierno de la capital de Santander reglamentó
las condiciones de la publicidad electoral a partir del próximo 27 de julio.
En las elecciones de este año (27 de octubre próximo) se elegirán Alcaldes, Gobernador, Diputados de
la Asamblea Departamental, Concejales y Ediles de las Juntas Administradoras
Locales para el periodo 2020 – 2023.
Las condiciones establecidas son las siguientes:
Hasta máximo 14 vallas por
partido político o grupo significativo de ciudadanos.
Hasta máximo 60 avisos tipo
mini valla por partido político o grupo significativos de ciudadanos.
Hasta máximo 60 pasacalles por
partido político o grupo significativos de ciudadanos.
Hasta máximo 14 murales en
espacio privado por partido político o grupo significativos de ciudadanos.
Hasta máximo 40 vehículos tipo
automóvil con publicidad política por partido político o grupo significativos
de ciudadanos.
Hasta máximo 40 vehículos con
plataforma publicitaria política.
Todas las sedes políticas
podrán tener en su fachada un aviso de identificación con un tamaño no superior a 12
metros cuadrados.
Carlos Javier Guerrero,
coordinador de Publicidad Exterior Visual de la Secretaría del Interior,
sustuvo al respecto: “La Administración
Municipal invita a los partidos o grupos significativos en ir adelantando las
respectivas solicitudes, porque toda publicidad que se vaya a utilizar debe
tener la respectiva autorización por parte de la Secretaría del Interior”.
La consigna es brindar
equilibrio en las formas, características y lugares utilizados para la
divulgación. El potencial de votantes en la capital santandereana es de 501.599 personas,
de los cuales 233.829 son mujeres y 267.770 hombres.
Una vez terminadas las
elecciones del próximo 27 de octubre,
los movimientos políticos tienen un plazo de máximo 72 horas para retirar la
publicidad so pena de las sanciones establecidas en el Código de Policía,
advirtió el funcionario, para recordar la normatividad vigente.
https://www.bucaramanga.gov.co/noticias/wp-content/uploads/2019/07/DECRETO-0090-ELEMENTOS-PUBLICITARIOS.pdf
Fuente: Félix Cristancho
Ajuste de contenido y
diagramación: bersoahoy.co
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