Bucaramanga.- Este lunes
comenzó una nueva rutina en la actividad económica de la capital de Sanmtander,
siguiendo directrices de una mesa
sectorial realizada con presencia del gobierno departamental y de la presidencia
de la república.
Sobre esas directrices el alcalde
Juan Carlos Cárdenas, fijó la ruta para
esta reactivación económica gradual ante la contingencia por el Covid – 19.
Son diversas las medidas puestas en ejecución por las
autoridades locales, regionales y nacionales desde que inició el Aislamineto
Preventivo Obligatorio por Covid-19, medidas que han sido atendidas por la
comunidad bumanguesa.
Según el análisis Bucaramanga para poner en marcha la reactivación, Bucaramanga,
mantiene aplanada la curva de contagios, por encima de ciudades como Cúcuta,
Medellín, Barranquilla, Bogotá, Cali y Cartagena.
Las medidas que ha fijado el gobierno para mantener el auto-cuidado:
Pico y cédula
Juan Carlos Cárdenas |
Regirá en modalidad de PAR e
IMPAR, de LUNES A SÁBADO, teniendo en cuenta el día calendario. Los días pares
solo podrán circular las personas cuyo último digito de la cédula termina en
número par, los días impares cuyo último digito de la cédula termina en número
impar, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 01 de junio de 2020,
hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 01 de julio de 2020.
Días pares podrán salir a
abastecerse las cédulas terminadas en los dígitos 2, 4, 6, 8 y 0.
Días impares podrán salir a
abastecerse las cédulas terminadas en los dígitos 1, 3, 5, 7, y 9.
Los SÁBADOS a partir de las
6:00 p.m. y hasta las 5:00 a.m. del siguiente día hábil, NO se podrán realizar
en forma personal o presencial las actividades de abastecimiento, adquisición y
pagos de bienes o servicios y actividades físicas y de ejercicio al aire libre,
ÚNICAMENTE se desarrollarán mediante domicilios y/o plataformas virtuales.
Se permitirá la circulación de
una sola persona por núcleo familiar para realizar las actividades de
abastecimiento, adquisición y pagos de bienes o servicios.
Actividades físicas y de ejercicio al aire libre
Siguiendo los protocolos de
bioseguridad que para los efectos se establezcan, de acuerdo con las siguientes
disposiciones:
Rango de edad
Periodo horario
Niños entre 2 y 5 años tres veces a la semana, media hora al día - 5:00
a.m. a 9:00 a.m.
Niños mayores de 6 años - tres
veces a la semana, una hora al día
18 a 69 años máximo de dos horas diarias
adultos mayores de 70 años -tres
veces a la semana, media hora al día
Se permitirá de manera
individual la práctica de las siguientes actividades deportivas de alto
rendimiento: Golf, tenis de campo, arquería, tiro deportivo, atletismo,
ciclismo de ruta, ecuestre, orientación, triatlón, levantamiento de pesas y
patinaje, de acuerdo a la circular conjunta expedida por el Ministerio de
Interior y Deporte, para lo cual deberán portar su acreditación como deportista
de alto rendimiento expedida por el INDERBU o INDERSANTANDER.
No se permitirán
entrenamientos grupales y deberán atender los protocolos de bioseguridad.
Horario de funcionamiento de acuerdo al sector económico que desarrolla
Se establece el siguiente
horario de operación presencial por sectores económicos, a partir del 1 de
junio, teniendo en cuenta las directrices del Gobierno Nacional:
SECTORES HORARIO DE OPERACIÓN
Construcción 6:00 am – 4:00 pm
Manufactura 9:00 am – 5:00 pm
Comercio al por mayor y al por
menor 11:00 am – 7:00 pm
Auto partes, talleres, CDAs 6:00 am – 6:00 pm
Centros de estética y
peluquerías 6:00 am – 7:00 pm
Centros comerciales 11:00 am – 7:00 pm
Tiendas, supermercados,
micromercados y grandes superficies 7:00 am
– 7:00 pm.
Diligenciamiento que deberán realizar:
Hacer proceso de inscripción
en la plataforma bucaramanga.gov.co/empresas y efectuar el registro de lugar de
trabajo y empleados, así como cargar el respectivo protocolo de bioseguridad de
conformidad con la normatividad vigente.
Los establecimientos dedicados
al comercio al por mayor, al por menor, los centros comerciales, las tiendas,
supermercados, micromercados y grandes superficies en ningún caso podrán
superar el aforo del 30% de su capacidad total. Deberán indicar mediante aviso
ubicado en la parte externa del establecimiento su capacidad máxima.
En el horario adicional los
establecimientos comerciales podrán prestar sus servicios únicamente a
domicilio o por plataforma electrónica.
Los centros de estética y
peluquería, taller de mecánica, CDA únicamente podrán prestar su servicio con
cita previa.
Movilidad
Las empresas de servicio
público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera y empresas
de servicio público de transporte terrestre especial, deberán coordinar con el
Municipio de Bucaramanga qué vehículo podrá ingresar y qué pasajeros puedan
descender aquí.
Deberán:
Contactarse con la Secretaría
del Interior Municipal al correo electrónico: interior@bucaramanga.gov.co 24
horas de antelación al despacho de los vehículos, informando los datos que
permita la identificación de estos: numero de vehículo, placa, nombre del
chofer, ciudad de origen, ciudad de destino, hora de salida y hora aproximada
de llegada al destino.
Anexar listado de pasajeros
donde se refiera: nombre completo, número de documento, teléfono de contacto,
dirección, causa o motivo del viaje.
El Pico y Placa se mantiene en la ciudad.
Mascotas
Una persona por núcleo
familiar podrá sacar a sus mascotas o animales de compañía ÚNICAMENTE dentro de
su entorno más inmediato, en los siguientes horarios de lunes a domingos:
De 6:00 a.m. a 8:00 a.m.
De 12:00 m. a 2:00 p.m.
De 5:00 p.m. a 8:00 p.m.
Bebidas embriagantes
PROHIBIDO el consumo de bebidas embriagantes
en espacios abiertos y establecimientos de comercio, a partir de las cero horas
(00:00 a.m.) del día 01 de junio de 2020 y hasta las cero horas (00:00 a.m.)
del día 01 de julio de 2020. No queda
prohibido el expendio de bebidas.
Espacios habilitados
En ningún caso están habilitados
los siguientes espacios o actividades presenciales (Articulo 5 Decreto Nacional
749 del 28 de mayo del 2020):
Eventos de carácter público o
privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las
disposiciones que expida el Misterio de Salud y Protección Social.
Los establecimientos y locales
comerciales de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y
entretenimiento y de juegos de azar y apuestas, billares, casinos, bingos y
terminales de juego de video.
Los establecimientos y locales
gastronómicos permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a
través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o por entrega para
llevar.
Gimnasios, piscinas, spa,
sauna, turco, balnearios, canchas deportivas, polideportivos, parques de
atracciones mecánicas y parques infantiles.
Cines y teatros
La práctica deportiva y
ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de
contacto o que se practiquen en conjunto.
Servicios religiosos que
impliquen aglomeraciones o reuniones.
Servicio de Metrolinea
Recuerde que el uso del
tapabocas es obligatorio en espacios como el transporte público, plazas de
mercado, supermercados, bancos, farmacias y en donde no sea posible mantener un
metro de distancia con otras personas.
Fuente: Prensa Alcaldía de
Bucaramanga
Ajuste de contenido y diagramación: bersoahoy.co
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