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viernes, 10 de febrero de 2012

Nueva reglamentación para vehículos de carga

En el marco de las medidas adoptadas por la administración municipal para  mejorar la movilidad vial de la ciudad, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga  estableció una nueva reglamentación para el tránsito y las maniobras de cargue y descargue.
Al respecto, el subdirector técnico de la entidad, Saúl Ramón Vergel Peñaranda, señaló que “día a día se incrementan los factores que afectan la movilidad, entre ellos el tránsito y las maniobras de los vehículos de carga, situación que obliga a replantear las zonas y horarios permitidos para esas maniobras, con el fin de evitar alteraciones mayores en el tránsito vehicular”.
La nueva reglamentación para los vehículos de carga fue adoptada por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga mediante la  Resolución No 050 del 10 de febrero de 2012. Según la disposición, los vehículos de carga, de servicio público y particular con capacidad superior a 5 toneladas, no podrán transitar por el perímetro urbano de la ciudad, de lunes a sábado en el horario de 5 de la mañana a 8:00 de la noche. Los vehículos con capacidad inferior, es decir 5 toneladas o menos, podrán realizar maniobras de cargue y descargue únicamente en los horarios de 9.00 a 11:45 de la mañana, 2.00 a 5:45 de la tarde y 8:00 de la noche a 5:00 de la mañana. Ampliación

viernes, 5 de noviembre de 2010

MODIFICAN REGLAMENTACIÓN AL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA

Bucaramanga, Noviembre 05 de 2010

Julio E Avellaneda Lamus
Director de Tránsito
A partir de la fecha, los conductores de vehículos de carga que requieran transitar por las vías de la ciudad, deberán tener en cuenta las nuevas disposiciones adoptadas por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, respecto a la circulación de estos vehículos.

Mediante la expedición de la Resolución No. 668 de 2010, esta entidad reglamentó los nuevos horarios y sectores en los cuales se prohibe el tránsito y las maniobras de carga y descarga de vehículos pesados.

Según la disposición, todos los vehículos de carga pesada deben abstenerse de transitar y realizar maniobras de cargue y descargue, en los horarios comprendidos entre las 6:00 y las 9:00 de la mañana; las 12:00 del medio día y 2:00 de la tarde, y las 5:30 de la tarde y 8:00 de la noche.

Los de carga superior a cinco toneladas, no podrán transitar durante esos horarios por los siguientes sectores y corredores viales :
· Primer Sector: Carrera 9ª a Carrera 27 y Av. Quebrada Seca a Av. Rosita Calle 48.
· Segundo Sector: Carrera 27 a Carrera 36 y Calle 41 a Calle 56.
· Diagonal 15 entre la Calle 45 y Calle 61 Puerta del Sol
· Carrera 21 entre Calle 56 y Av. Quebrada Seca
· Carrera 22 entre Av. Quebrada Seca y Calle 56
· Carrera 27 entre Calle 9ª UIS y Calle 67 La Salle
· Carrera 33 entre Av. Quebrada Seca y Calle 67 Carrera 30 Puerta del Sol.
· Carrera 35 entre Calles 34 y 53
· Carrera 36 entre Calles 56 y 34
· Calle 56 entre Carrera 36 y Carrera 5ª Ciudadela Real de Minas.
· Av. González Valencia entre Calle 45 y Calle 63 Urbanización CONUCOS.
· Av. Rosita entre Diagonal 15 y Carrera 32 Parque Mejoras Públicas Glorieta Chicamocha.
· Calle 45 Barrio Campo Hermoso entre Carrera 9ª y Anillo Vial Sector Chimitá
· Carrera 9ª entre Av. Quebrada Seca y Calle 45
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