Bucaramanga.- El gobierno de
la ciudad dictó medidas de seguridad, mediante decreto municipal.
La Alcaldía de Bucaramanga
promulgó el conjunto de medidas que regirán en la ciudad durante los días 9 y
10 de mayo, con motivo de la visita del Presidente de la República, Juan Manuel
Santos.
El Artículo Primero del citado
Decreto prohíbe, a partir de las 6:00 de la mañana del 9 de mayo y hasta las
6:00 de la tarde del 10 de mayo, el transporte y disposición de escombros,
cilindros de gas, mudanzas y manipulación de pólvora, entre otras
disposiciones.
El Artículo Segundo prohíbe el
porte de armas contundentes, corto-contundentes, corto-punzantes, punzantes y
similares, que puedan causar lesiones a la vida e integridad de las personas,
durante el mismo lapso.
El Artículo Tercero prohíbe el
estacionamiento de vehículos automotores, bicicletas, ventas ambulantes o
informales en los alrededores a la Plaza Cívica Luis Carlos Galán, Gobernación
de Santander, Hotel Holiday Inn; a una cuadra a la redonda y en las vías de
desplazamiento de la caravana presidencial, a partir de las 6:00 de la mañana
del viernes 9 de mayo y hasta las 6:00 de la tarde del sábado 10 de mayo o
hasta que haya finalizado la visita del Primer Mandatario de la Nación.
El Artículo Cuarto
prohíbe el parrillero hombre o mujer en
los vehículos tipo motocicleta, tricimoto y cuatrimoto en los siguientes
sectores de la ciudad: Alrededores de la Plaza Cívica Luis Carlos Galán (calles
34 y 35 entre carreras 11 y 12);Gobernación de Santander y Alcaldía de
Bucaramanga; Hotel Holiday Inn (transversal Oriental con calle 93) y en las
vías de desplazamiento de la caravana presidencial, entre las 6:00 de la mañana
del 9 de mayo y las 6:00 de la tarde del 10 de mayo.
El Artículo Quinto ordena al
Estado Mayor de la Segunda División del Ejército Nacional y a las autoridades
policiales del Municipio, mantener el orden público y la seguridad en los
lugares donde se desplazará y presentará el Señor Presidente de la República,
Juan Manuel Santos Calderón.
El Artículo Sexto declara la
Alerta Amarilla en la red hospitalaria del municipio de Bucaramanga, durante el
lapso referido.
El Artículo Noveno ordena al Comité de Gestión del Riesgo del
Municipio elaborar el plan de contingencia necesario para garantizar las
medidas adoptadas en el presente Decreto.
Precisa el Decreto N° 0068 que
corresponderá a la Policía Nacional y a las autoridades de Tránsito de
Bucaramanga, la vigilancia y el estricto cumplimiento de las medidas adoptadas,
así como la imposición de las respectivas sanciones a que haya lugar. Quienes
infrinjan las prohibiciones previstas serán multados hasta con dos salarios
mínimos legales mensuales vigentes.
Igualmente, en lo relacionado
con la restricción del porte de armas de fuego se acata lo resuelto por el
Estado Mayor de la Segunda División del Ejército Nacional, con sede en
Bucaramanga.
Leer en PDF: Decreto Municipal
N° 0068 del 8 de mayo de 2014
Fuente: Oficina Asesora de
Prensa / Alcaldía de Bucaramanga
Foto: Adolfo Enrique Herrera /
Alcaldia de Bucaramanga
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