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viernes, 22 de abril de 2016

Por elecciones comunales, gobierno dictó medidas preventivas

Bucaramanga.- Un plan de medidas preventivas adoptó el gobierno de la capital de Santander, a propósito de los comicios de este domingo para  elegir directivos comunales.
El Ing. Rodolfo Hernández Suárez, alcalde de la ciudad, expidió el Decreto municipal 0040 del año 2016, por el cual se adoptan medidas con el fin de conservar el orden público en el municipio de Bucaramanga, este 24 de abril, establecido como día de los comicios para elegir los representantes de las Juntas de Acción Comunal.
 Las principales medidas, restricciones y prohibiciones que estarán en vigencia desde el día 23 hasta el lunes 25 de abril, con motivo de las elecciones de Juntas de Acción Comunal en toda la jurisdicción de Bucaramanga.
 Medidas Decreto 0040:
 1 Prohibición del transporte y disposición de escombros  en las vías  públicas,  inmuebles y lotes particulares ubicados en  el Municipio de Bucaramanga, así como el trasporte de cilindros de gas y los trasteos, a partir de las 12:00 horas del día 23 de abril de 2016, hasta las 6:00 horas del día lunes 25 de abril.
2. Prohibición de porte de armas, contundentes, corto contundente, punzante, corto punzantes, y similares que puedan causar lesiones a la vida e integridad de las personas.
3. Se ordena a la Policía Nacional y al Ejército, la vigilancia y la adopción de medidas para mantener el orden público el  día  24 de abril.
4. Prohibición en Bucaramanga de todo tipo de manifestación pública, o movilizaciones  que alteren el orden público de la ciudad, desde las 18.00 horas del día 23 hasta las 06:00 horas del día 25 de abril.
5. Prohibición de la venta y consumo de bebidas embriagantes en los establecimientos comerciales ubicados en Bucaramanga desde las 3:00 horas del día 23 de abril hasta las 6:00 de la mañana del día 25 de abril.
6. Se declara Alerta Amarilla  en la red Hospitalaria del Municipio de Bucaramanga, desde las 00:01 del día 24 de abril, hasta las 6:00 horas del día 25 de abril con el fin de atender eventualidades que requieran la atención inmediata por parte de las autoridades de tránsito y entidades asistenciales como Defensa Civil, Cruz Roja, Cuerpo de Bomberos y Sistemas de Salud Pública, entre  otras.
7. Se ordena a los centros hospitalarios del municipio de Bucaramanga cualquiera que sea su naturaleza que adopten medidas necesarias para garantizar la prestación del servicio de salud.
8. Comunicar a los centros hospitalarios de Bucaramanga, para que cuenten con todos los recursos humanos, de  ambulancia o transporte a partir de las 00:01 del día 24 de abril de 2016 hasta las 06: 00 horas del día 25 de abril e igualmente coordinar disponibilidad de reserva de sangre de todo tipo.
 9. Ordenar a Gestión del Riesgo del municipio elaborar el Plan de Contingencia para garantizar las medidas del Decreto.
 10 Corresponderá a la Policía Nacional y a las autoridades de tránsito del municipio, la vigilancia del estricto cumplimiento de las medidas adoptadas, así como la imposición de las sanciones.
11  Quienes infrinjan las prohibiciones previstas en el Decreto se harán acreedores a sanción o multa hasta de dos salarios mínimos legales vigentes, la cual será impuesta por la autoridad competente. Fuente: Prensa Alcaldía de Bucaramanga

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