Bucaramanga.- Un plan de
medidas preventivas adoptó el gobierno de la capital de Santander, a propósito
de los comicios de este domingo para elegir directivos comunales.
El Ing. Rodolfo Hernández
Suárez, alcalde de la ciudad, expidió el Decreto municipal 0040 del año 2016,
por el cual se adoptan medidas con el fin de conservar el orden público en el
municipio de Bucaramanga, este 24 de abril, establecido como día de los
comicios para elegir los representantes de las Juntas de Acción Comunal.
Las principales medidas, restricciones y
prohibiciones que estarán en vigencia desde el día 23 hasta el lunes 25 de
abril, con motivo de las elecciones de Juntas de Acción Comunal en toda la
jurisdicción de Bucaramanga.
Medidas Decreto 0040:
1 Prohibición del transporte y disposición de
escombros en las vías públicas,
inmuebles y lotes particulares ubicados en el Municipio de Bucaramanga, así como el
trasporte de cilindros de gas y los trasteos, a partir de las 12:00 horas del
día 23 de abril de 2016, hasta las 6:00 horas del día lunes 25 de abril.
2. Prohibición de porte de
armas, contundentes, corto contundente, punzante, corto punzantes, y similares
que puedan causar lesiones a la vida e integridad de las personas.
3. Se ordena a la Policía
Nacional y al Ejército, la vigilancia y la adopción de medidas para mantener el
orden público el día 24 de abril.
4. Prohibición en Bucaramanga
de todo tipo de manifestación pública, o movilizaciones que alteren el orden público de la ciudad,
desde las 18.00 horas del día 23 hasta las 06:00 horas del día 25 de abril.
5. Prohibición de la venta y
consumo de bebidas embriagantes en los establecimientos comerciales ubicados en
Bucaramanga desde las 3:00 horas del día 23 de abril hasta las 6:00 de la
mañana del día 25 de abril.
6. Se declara Alerta
Amarilla en la red Hospitalaria del
Municipio de Bucaramanga, desde las 00:01 del día 24 de abril, hasta las 6:00
horas del día 25 de abril con el fin de atender eventualidades que requieran la
atención inmediata por parte de las autoridades de tránsito y entidades
asistenciales como Defensa Civil, Cruz Roja, Cuerpo de Bomberos y Sistemas de
Salud Pública, entre otras.
7. Se ordena a los centros
hospitalarios del municipio de Bucaramanga cualquiera que sea su naturaleza que
adopten medidas necesarias para garantizar la prestación del servicio de salud.
8. Comunicar a los centros
hospitalarios de Bucaramanga, para que cuenten con todos los recursos humanos,
de ambulancia o transporte a partir de
las 00:01 del día 24 de abril de 2016 hasta las 06: 00 horas del día 25 de
abril e igualmente coordinar disponibilidad de reserva de sangre de todo tipo.
9. Ordenar a Gestión del Riesgo del municipio
elaborar el Plan de Contingencia para garantizar las medidas del Decreto.
10 Corresponderá a la Policía Nacional y a las
autoridades de tránsito del municipio, la vigilancia del estricto cumplimiento
de las medidas adoptadas, así como la imposición de las sanciones.
11 Quienes infrinjan las prohibiciones previstas
en el Decreto se harán acreedores a sanción o multa hasta de dos salarios
mínimos legales vigentes, la cual será impuesta por la autoridad competente. Fuente: Prensa Alcaldía de Bucaramanga
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