El decreto incluye otras medidas especiales
Bucaramanga.- Medidas de
protección al menor y adolescentes estableció el gobierno de la capital de
Santander.
La administración municipal,
hizo un llamado de atención a niños y jóvenes, para que abandonen las calles a partir de las 11:00 de la noche.
Según la medida, que rige
desde el primero (1) de junio, los menores de edad no podrán estar en las
calles o en establecimientos y lugares públicos entre las 11:00 de la noche y las 4:00 de la mañana del día
siguiente, de lunes a domingo.
El Decreto 0050 busca restringir
en la ciudad la permanencia o circulación de niños, niñas y adolescentes,
menores de (18) años, cuando se encuentren sin la compañía de sus padres,
representante legal o familiares adultos que tengan su custodia.
Será la Policía de infancia, la encargada de conducir a los niños y adolescentes
menores de (18) a la Comisaría de
Familia de Bucaramanga, al sitio dispuesto por la Alcaldía municipal, para su
protección.
Así mismo, se prohíbe la
presencia de menores de edad en sitios en donde se expenda bebidas alcohólicas
o embriagantes; los adultos no podrán suministrar cualquier forma de bebida
embriagante y sustancia psicoaptivas.
Los establecimientos de
comercio abiertos al público en donde se expenda bebidas alcohólicas, deberán fijar un letrero
visible en donde indique la prohibición de la venta de bebidas embriagantes a
menores de edad.
La medida de control de
menores en la calle después de las 11 de la noche precisa que de ser hallado al
menor consumiendo bebidas alcohólicas será puesto a disposición del padre de
familia o acudiente con quienes se suscribirá un acta de compromiso de cuidado
de su vida y su cumplimiento de las normas.
En caso del que menor reincida
en la falta, el menor será entregado al Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar. Los padres de familia o adultos responsables de niños y adolescentes
que infrinjan las medidas correctivas, serán amonestados.
Otras medidas
El Decreto 0050 prohíbe el porte de armas contundentes, corta
contundentes, punzocortantes, punzantes y similares que puedan causar lesiones
a la vida e integridad de las personas. La restricción no aplica a aquellas
personas que por su profesión u oficio deban usar estos elementos, las
autoridades serán quienes verifiquen esta información.
Sobre el control al suministro
de licores en la noche, la alcaldía de Bucaramanga a través del Decreto
modificó transitoriamente el horario a distribuidores de licores, licoreras o
estanquillos, cigarrerías almacenes de grandes superficies, supermercados,
salsamentarías, tiendas de barrio y graneros en donde se expenda bebidas embriagantes.
Los establecimientos en
mención solo podrán vender sus productos desde las 10:00 a.m. a 12:00 p.m. del
mismo día de lunes a domingos incluye los días festivos. Entre las 12:01 a.m. y
las 10:00 a.m. queda prohibido el expendio y consumo de bebidas embriagantes.
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