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martes, 3 de mayo de 2016

Toque de queda para menores a partir de las 11 de la noche

El decreto incluye otras medidas especiales
Bucaramanga.- Medidas de protección al menor y adolescentes estableció el gobierno de la capital de Santander.
La administración municipal, hizo un llamado de  atención a niños y jóvenes, para que abandonen las calles  a partir de las 11:00 de la noche.
Según la medida, que rige desde el primero (1) de junio, los menores de edad no podrán estar en las calles o en establecimientos y lugares públicos entre las 11:00 de la  noche y las 4:00 de la mañana del día siguiente, de lunes a domingo.
El Decreto 0050 busca restringir en la ciudad la permanencia o circulación de niños, niñas y adolescentes, menores de (18) años, cuando se encuentren sin la compañía de sus padres, representante legal o familiares adultos que tengan su custodia.
Será  la Policía de infancia, la encargada  de conducir a los niños y adolescentes menores de (18)  a la Comisaría de Familia de Bucaramanga, al sitio dispuesto por la Alcaldía municipal, para su protección.
Así mismo, se prohíbe la presencia de menores de edad en sitios en donde se expenda bebidas alcohólicas o embriagantes; los adultos no podrán suministrar cualquier forma de bebida embriagante y sustancia psicoaptivas.
Los establecimientos de comercio abiertos al público en donde se expenda  bebidas alcohólicas, deberán fijar un letrero visible en donde indique la prohibición de la venta de bebidas embriagantes a menores de edad.
La medida de control de menores en la calle después de las 11 de la noche precisa que de ser hallado al menor consumiendo bebidas alcohólicas será puesto a disposición del padre de familia o acudiente con quienes se suscribirá un acta de compromiso de cuidado de su vida y su cumplimiento de las normas.
En caso del que menor reincida en la falta, el menor será entregado al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Los padres de familia o adultos responsables de niños y adolescentes que infrinjan las medidas correctivas, serán amonestados.
Otras medidas
El Decreto 0050  prohíbe el porte de armas contundentes, corta contundentes, punzocortantes, punzantes y similares que puedan causar lesiones a la vida e integridad de las personas. La restricción no aplica a aquellas personas que por su profesión u oficio deban usar estos elementos, las autoridades serán quienes verifiquen esta información.
Sobre el control al suministro de licores en la noche, la alcaldía de Bucaramanga a través del Decreto modificó transitoriamente el horario a distribuidores de licores, licoreras o estanquillos, cigarrerías almacenes de grandes superficies, supermercados, salsamentarías, tiendas de barrio y graneros en donde se expenda  bebidas embriagantes.
Los establecimientos en mención solo podrán vender sus productos desde las 10:00 a.m. a 12:00 p.m. del mismo día de lunes a domingos incluye los días festivos. Entre las 12:01 a.m. y las 10:00 a.m. queda prohibido el expendio y consumo de bebidas embriagantes.

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