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miércoles, 25 de marzo de 2020

Alerta obligatoria del decreto para prevenir el Coronavirus

Bucaramanga, 25 de marzo de 2020.- Las autoridades municipales de la capital de Santander pusieron en vigencia al pie de la letra el  Decreto presidencial de aislamiento por motivos de seguridad contra el Covid 19.

Los voceros del gobierno municipal de Bucaramanga dijeron que el Decreto No. 457 busca garantizar el derecho a la vida y toma medidas de prevención ante la llegada del Covid-19. Sostuvieron que se limita totalmente la libre circulación de personas y vehículos en el territorio de Santander y  nacional, por ende.

Recordaron las fuentes que en Santander, según información del Ministerio de Salud, ya son tres los casos de personas con Coronavirus. Ellos están en aislamiento total y bajo los respectivos controles.

¿Qué duración tiene el Aislamiento Preventivo Obligatorio?
Tiene una duración de 19 días. Empezó desde las 00:00 de este miércoles 25 de marzo, y va hasta las 00:00 horas del lunes 13 de abril del presente año.

¿La gente puede utilizar su vehículo particular?
No. Las personas no podrán usar su vehículo. Solo podrán usarlo en situaciones excepcionales como:
    Adquirir alimentos, productos farmacéuticos, de salud y de primera necesidad. Solamente podrá salir una persona por núcleo familiar.
    Asistencia y prestación de servicios de salud.
    Asistencia y cuidado a niños, niñas, adolecentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.
    Desplazamiento a servicios bancaros, financieros y de operaciones de pago, y a servicios notariales.
    En caso de fuerza mayor o extrema necesidad.

¿Cómo operará Metrolínea?
El Sistema Integrado de Transporte Masivo, Metrolínea, operará de manera reducida. El servicio se prestará desde las 4:40 a.m. hasta las 8:00 p.m.

¿A qué sanciones se exponen quienes violen la medida?
La norma determina que quien viole las medidas adoptadas y las instrucciones dadas, se verá sujeto a sanción de tipo penal prevista en el artículo 368 del Código Penal, es decir, incurrirá en prisión de cuatro 4 a 8 años, y tendrá que pagar las multas que ordena el Decreto 780 de 2016, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social.

¿Qué pasará con los habitantes de calle?
La Secretaría de Desarrollo Social actualmente tiene convenios vigentes con las fundaciones Entre dos tierras, Salvar, Funtaluz, Consentidos, Hogar Jerusalén y Shalom para brindarles la respectiva atención.

Es de anotar que se les ha repartido más de 1.000 porciones de comidas, en alianza con Subway, a dicha población.

¿Está garantizado el abastecimiento de alimentos?
Sí. Todos los días se estará monitoreando el abastecimiento en la ciudad desde Centroabastos. Además, las plazas de mercado estarán abiertas para la adquisición de víveres.

¿Habrá servicios de domicilios?
Sí. Establecimientos y locales comerciales podrán comercializar sus productos mediante plataformas de comercio electrónico y/o por entrega a domicilio.

Se autoriza la movilización de repartidores de domicilio de productos de abastecimiento, alimentos preparados y medicinas, siempre y cuando tengan una identificación que certifique su oficio.

¿Funcionará el Aeropuerto y la Terminal de Transportes?
El Gobierno Nacional tomó la decisión de suspender los vuelos comerciales nacionales. Asimismo, el transporte intermunicipal queda limitado a misiones médicas y abastecimiento de alimentos.

¿Funcionarán los bancos?
Sí. Se permite prestación de servicios bancarios y financieros, de operadores postales de pago, centrales de riesgo y transporte de valores.

¿Funcionarán las funerarias?
Sí. Habrá servicios funerarios, entierros y cremaciones.

¿Las tiendas de barrio pueden abrir?
Sí. Podrá ir a comprar una persona por familia.

¿Los supermercados van a funcionar?
Sí. Podrá ir a comprar una persona por familia.

¿Hay permiso para sacar mascotas al parque?
Sí. Solo una persona por núcleo familiar podrá sacar a las mascotas o animales de compañía.

¿Los adultos mayores de 70 años pueden salir a la calle?
No. Los adultos mayores de 70 años deberán estar en aislamiento preventivo obligatorio para su mayor protección. Las excepciones las tendrán las personas que, por ejemplo, necesiten utilizar servicios de salud.

¿Se puede consumir licor en espacios públicos?
No. Está prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en espacios abiertos y establecimientos de comercio en el municipio.

Sin embargo, se aclara que por este decreto “no queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes”.

¿Qué pasará con los que trabajan en seguridad?
Estos ciudadanos podrán desplazarse por la ciudad hacia sus lugares de trabajo. Siempre y cuando porten la documentación que los acredite como personal de vigilancia privada.

Recuerde que si usted síntomas de fiebre, tos y dificultades para respirar, no se desplace a los centros de salud. Comunícate a las líneas de atención nacional: 192 y 01 8000 955 590 – Línea de atención de la Alcaldía de Bucaramanga: 316 8740206 – Líneas departamentales: 6978785, 6978788 y 6970000, extensiones: 1283 y 1287.

Fuente: Félix Cristancho, prensa alcaldía.
Ajuste de contenido y diagramación: bersoahoy.co

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