•Se exceptúan del pico y placa
“general” y “zona centro” a los vehículos conducidos por personas mayores de 65
años, así como a los conducidos u ocupados por personas con discapacidad.
•También se excluye de la
restricción “Zona Centro” a los vehículos de personas residentes en ese sector.
Bucaramanga.- Nuevas
disposiciones sobre pico y placa, dictó la Dirección de Tránsito de la capital
de Santander, mediante la resolución 40.
Las autoridades reglamentaron la medida del pico y placa en
Bucaramanga incluyedo algunas excepciones que por primera vez se contemplan en esta clase de disposición,
en la ciudad.
Tales novedades, se refieren a
la exoneración de los vehículos conducidos por personas mayores de 65 años,
quienes de acuerdo a lo establecido en el Art. Segundo de la mencionada
Resolución, no necesitan permisos de circulación para transitar en ninguno de
los sectores y horarios con restricción.
También se establece la
excepción del “pico y placa general” por un término de cuatro horas a partir de
la impresión del recibo del peaje, a los vehículos provenientes del Municipio
de Lebrija acreditando el respectivo ticket; en lo relacionado con los
automotores provenientes de ciudades diferentes a las del Área Metropolitana y
Lebrija, estos quedan igualmente exentos del “pico y placa general” presentando el ticket del último peaje con
fecha de ingreso del mismo día.
Cabe recordar, que el “pico y
placa general” es la restricción de dos dígitos diarios que aplica de lunes a
viernes en el horario de 5:00 a 9:00 a.m. y de 4:00 a 8:00 p.m. en toda la
ciudad, a excepción de la “Zona Centro”, las comunas 1 y 2 y el tramo del Anillo
Vial comprendido entre Puente Palenque y Café Madrid.
Otra novedad importante en
materia de excepciones es la autorizada a los vehículos residentes del sector
comprendido entre las carreras 9 y 19 y calles 33 y 45 donde opera la
restricción “Zona Centro”, que prohíbe el tránsito de los vehículos con placa
terminada en número “par” durante las fechas “pares” y el de automotores con
placa finalizada en número “impar” los días de fecha “impar”, de lunes a
viernes en el horario de 8:00 a.m. a 8:00 p.m.
Los residentes del mencionado
sector, pueden ingresar y salir de sus casas sin atender la restricción propia
y exclusiva de esa zona de la ciudad, contando para ello con el permiso que
expide el Comité de Movilidad de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga –DTB-.
Funcionarios de la
Subdirección Técnica de la DTB indicaron que dicha autorización debe
solicitarse presentando documentos que
acrediten la residencia en la “Zona Centro”, en el módulo que para tal efecto
opera en el 5° piso de la Alcaldía de Bucaramanga hasta el 17 de febrero y
después de esa fecha en instalaciones de la DTB (Km 4 vía a Girón), de lunes a
viernes en el horario de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 a 4:00 p.m.
Entre los documentos a
aportar, el interesado debe diligenciar una solicitud que incluya la
identificación de los vehículos de su núcleo familiar y adjuntar copia del
contrato de arrendamiento vigente o el certificado de tradición y libertad del
bien inmueble expedido de manera reciente, en los cuales se evidencie la
propiedad del bien.
Así mismo, el arraigo en la
“Zona Centro” puede acreditarse mediante copia del recibo del impuesto predial
o de servicios públicos, adjuntando los
documentos del vehículo o motocicletas con Soat y Revisión Técnico Mecánica
debidamente vigentes y expedidos a nombre del propietario de la vivienda o
de miembros de su núcleo familiar que demuestren la residencia en ese sector.
Es importante aclarar, que tal
autorización no tiene costo alguno para los residentes de la “Zona Centro”,
pero la omisión de su trámite no los exonera de la responsabilidad por los comparendos que se impongan.
Fuente: Oficina de Prensa DTB. Adecuación de texto y
diagramación bersoahoy.co
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Mucha gracias por su aporte intelectual.